Ministerio de Educación - Gobierno de España

Programas de estudios y análisis

Programas de estudios y análisis

Datos generales:

  • Descripción:

    El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.

  • Destinatarios:

    Las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas.

  • Requisitos:

    Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.

    No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable y no se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.

  • Dotación:

    En el caso de la modalidad A) las ayudas previstas en la presente convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado hasta un máximo de 30.000 € (incluidos los costes indirectos a los que se refiere el artículo 4.2 f). En la modalidad B) no se establecen límites en el presupuesto. En ambos casos el presupuesto de las ayudas solicitadas deberá estar plenamente justificado. En todo caso, la cuantía de la subvención para los proyectos seleccionados se determinará en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.

  • Plazo de presentación
    • Desde: 29 de mayo de 2010
    • Hasta: 24 de junio de 2010
    • Plazo de presentación finalizado
  • Ámbito:

    Las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas.

  • ¿Cómo realizarlo?:

    Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada página Web, y confirmado el envío telemático de la solicitud y de los archivos de los documentos electrónicos, deberá ser presentado, una vez firmado y sellado por el representante legal de la entidad solicitante de la subvención y por el responsable de la propuesta.

    En el caso de no haber prestado su conformidad para la verificación de los datos de identidad de acuerdo con el artículo único del Real Decreto 522/2006, al formulario de solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del responsable de la propuesta o su equivalente en caso de ciudadanos de la Unión Europea o de la tarjeta de residente en vigor en el caso de ciudadanos de otros países.

  • Evaluación y selección de los candidatos:
    • El proceso de evaluación y selección se desarrollará de acuerdo con los siguientes criterios:
      • Adecuación de la propuesta exclusivamente a una de las líneas de análisis establecidas en la modalidad A) o a las propuestas de estudios concretas especificadas para la modalidad B) de la presente convocatoria.
      • Oportunidad, interés y viabilidad de la propuesta, teniendo en cuenta sus objetivos, la metodología, el calendario previsto y los resultados que se persiguen.
      • Originalidad del proyecto, que debe ser inédito y no haber sido realizado en ésta u otras convocatorias.
      •  Adecuación a la propuesta del currículo del responsable y de los integrantes del grupo de trabajo.
      • Adecuación del presupuesto presentado a los objetivos que se pretende alcanzar. Se valorará muy positivamente que los conceptos presupuestarios se ajusten claramente a necesidades bien determinadas para poder llevar a cabo la propuesta y que el presupuesto presentado se encuentre debidamente documentado.
      • Actuaciones que puedan derivarse del desarrollo de la propuesta. Se valorará muy favorablemente la aplicación previsible de los resultados cuando se plasme en actuaciones concretas inmediatas, que puedan favorecer la innovación y excelencia del conjunto del sistema universitario español.
      • Generación de datos y posibilidad de hacer análisis comparativos. Se valorará especialmente la disposición de los equipos proponentes a aportar fuentes y datos que puedan ser compartidos con la comunidad universitaria para la realización de comparaciones y la continuación de los trabajos en estudios más globales.
      • Una evaluación desfavorable atendiendo al criterio a) o al criterio b) motivará la denegación de la propuesta. A este respecto, se valorará negativamente el carácter parcial de una propuesta por estar restringida a una asignatura, área de conocimiento o titulación, o también por referirse a un determinado departamento, universidad o comunidad autónoma, salvo que sus resultados puedan ser claramente susceptibles de aplicación al conjunto del sistema universitario español, lo que deberá ser puesto de manifiesto por el solicitante. Asimismo, atendiendo al criterio e), el hecho de que el presupuesto sobrepase el límite establecido en la convocatoria, sea desmesurado o indebidamente justificado podrá ser razón suficiente para la denegación de la propuesta.
    • La evaluación técnica será realizada por una comisión de expertos evaluadores designada por el Director General de Política Universitaria, a propuesta de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), que aplicará los criterios de evaluación especificados en el apartado anterior.
    • Durante los procesos de evaluación y de selección, se podrá requerir a los solicitantes la presentación de aclaraciones sobre cualquier aspecto relacionado con su propuesta.
    • La propuesta de concesión la realizará una Comisión de Selección nombrada al efecto por el Director General de Política Universitaria e integrada por el Subdirector General del Profesorado e Innovación Docente, unidad encargada de la instrucción y tramitación del procedimiento, que actuará como presidente de la Comisión; la Subdirectora General de Atención al Estudiante, Orientación e Inserción Profesional, que actuará como vicepresidenta; la Consejera Técnica de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente, un asesor de la Secretaría General de Universidades y tres profesores universitarios o investigadores, que actuarán como vocales. Un funcionario de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente actuará como secretario de la comisión, con voz pero sin voto.
    • La selección se realizará en concurrencia competitiva, considerando exclusivamente la documentación obrante en el expediente y el informe de evaluación al que se refiere el apartado 2.
    • En el caso de propuestas de concesión, se comunicará dicha circunstancia al solicitante con indicación de la cuantía de la ayuda propuesta y de las condiciones y plazos para la realización de la acción. El solicitante deberá, en el plazo de diez días hábiles, manifestar su aceptación expresa o exponer las alegaciones que estime oportunas.
  • Más información:

    Incompatibilidades

    Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

Convocatoria:

  • Texto convocatoria: Documento de convocatoria oficial.
  • Fecha de publicación: 28 de mayo de 2010
  • Más información:
    • Orden EDU/1600/2010, de 15 de junio , por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden EDU/1372/2010, de 20 de mayo, por la que se publica la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2010.

Solicitud:

  • Documentación requerida:
    • Plan de trabajo en el que se especifiquen:
      • Objetivos de la propuesta.
      • Composición del grupo de trabajo.
      • Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 30 de junio de 2011).
      • Memoria económica en la que especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta orden.
      • Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.
      • En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad B) deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el artículo 1.B).
    • b) Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.
  • Lugar de entrega:

    Los formularios de solicitud se presentarán directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 17), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    A estos efectos, se hace constar que los registros de las universidades no producen efecto en cuanto al cumplimiento de los plazos.

Más información:

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